Por pedido del fiscal

La Justicia prohibió fumigaciones en campos de Pergamino por la contaminación generada

El juez aplicó un límite "restrictivo y de exclusión" de 1095 metros para aplicaciones terrestres y de 3 mil para las aéreas.
El juez aplicó un límite "restrictivo y de exclusión" de 1095 metros para aplicaciones terrestres y de 3 mil para las aéreas.

El juez federal de San Nicolás, Carlos Villafuerte Ruzo, ordenó la prohibición de fumigación de campos en Pergamino, así como en las zonas urbanas a fijar un límite "restrictivo y de exclusión", tras conocer un informe sobre genotoxicidad producida por la actividad, así como de envenenamiento del agua potable.

El juez aplicó un límite "restrictivo y de exclusión" de 1095 metros para aplicaciones terrestres y de 3 mil para las aéreas, y lo hizo en línea con el pedido que realizó el fiscal federal Matías Di Lello y las querellas del caso.

El magistrado ordenó el "no uso de plaguicidas, herbicidas, insecticidas, agroquímicos, productos fitosanitarios, fungicidas, y cualquier otro paquete de agroquímicos, mediante fumigaciones terrestres (mosquito, mochila, aspersores) o aéreas, como glifosato como principio activo o sales derivadas del mismo”.

También suspendió provisionalmente las autorizaciones de aplicaciones para futuras fumigaciones y/o pulverizaciones.

Se incorporaron "elementos de prueba que dan cuenta de la gravedad que podría revestir la contaminación en estudio, donde a la fecha continúan las discusiones de por sí complejas sobre la calidad del agua que se consume en Pergamino y su posible toxicidad por contener diversos agroquímicos que incluso se ven potenciados por otros elementos en cuanto a su daño a la salud humana".

Por la contaminación generada a raíz de las fumigaciones, la Justicia ya había dispuesto prohibirlas en el barrio Santa Julia.

Para el fiscal Di Lello la situación ameritaba "directamente ampliar la zona de exclusión a toda la ciudad de Pergamino, a las distancias sugeridas por la querella y hasta tanto se cuente con los diversos informes y conclusiones probatorias que se encuentran en curso en la causa".

En su fallo, el juez Villafuerte Ruzo recordó que se han detectado "glifosato en sangre y orina de personas, con un incremento en los marcadores sanguíneos de daño cromosómico, sumado a los resultados de estudios de contaminación en barrios de esa región, que arrojaron un amplio cúmulo de moléculas de plaguicidas en aguas y suelo, determinándose con posterioridad -según informaron algunos de los especialistas intervinientes en autos- que el agua (de red y pozos) no resultaba apta para consumo humano, circunstancia que aún se encuentra en plena etapa de discusión".

"Las precauciones que se deben tomar en las franjas de niños y adultos en estado de vulnerabilidad por cercanías o exposición crónica a contaminantes, deben ser tomadas por las autoridades y por esta magistratura con un altísimo grado de responsabilidad y delicadeza, sabiendo que el derecho penal no repara los daños que eventualmente puedan ocasionarse", advirtió el Juzgado.

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