Instrucciones de la Provincia

No se pueden cortar u obstruir rutas y accesos

Nuestro distrito no es ajeno a las directivas.
Nuestro distrito no es ajeno a las directivas.

La Subsecretaria de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la provincia de Buenos Aires impartió claras instrucciones y pautas "para garantizar la libre circulación en las localidades de la Provincia".

Al respecto, es contundente el punto 1 de ese documento oficial, que señala: "Se constituye en prioridad absoluta garantizar la libre circulación, manteniendo libres de cualquier tipo de obstrucción o cortes las rutas nacionales o provinciales". 

En tanto, el punto 5 refuerza esa postura al decir: "Los Municipios carecen de facultades para establecer restricciones mayores y/o de otra índole o tenor que las prescriptas en normativa nacional y provincial pertinente, ni impedir el ingreso o egreso de su ejido, así como tampoco se encuentran legitimados para contemplar excepciones no previstas en las disposiciones legales referidas".

También se indica que "se encuentra prohibido el corte de accesos a través de la construcción de montículos u otro elemento que obstruya completamente la circulación y genere peligro vial",

Luego dispone algunas autorizaciones, para realizar tareas preventivas, pero siempre en el marco de la garantía de libre tránsito.

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