Atención vecinos

Regularizan la circulación en cuatriciclos

Imagen ilustrativa.
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La Dirección de Tránsito y Policía Municipal informaron que a partir de la sanción del Decreto nacional Nº 32/18 y de la ley provincial Nº 15.002 (modificatoria de la ley Nº 13.927) se incorporan al código de transito las siguientes novedades:

a) Se regula el uso de cuatriciclos (incluye triciclos motorizados y utv) y se establecen los requisitos que deberán cumplir para poder circular, cabiendo las generales de la ley: licencia de conducir (específicamente para cuatriciclos), seguro, certificado de domino (no patentamiento), etcétera.

b) Se instaura la determinación de calzadas especiales para la circulación de cuatriciclos, entendiéndose por tales a las áreas de la vía pública delimitada y autorizada especialmente por la autoridad competente (municipios). Los cuatriciclos podrán circular por los denominados “corredores seguros” (vías de circulación por las que transitaran y circularan los vehículos para acceder a las "zonas de circulación seguras), ámbito para el transito recreativo.

Por lo tanto y de acuerdo a esta nueva reglamentación, en todos los municipios queda vedada la circulación de cuatriciclos por la vía pública, salvo en los corredores y zonas de circulación aprobados por ordenanza municipal.

Estas normativas se pondrán en marcha y controlarán a partir del 1 de octubre próximo.

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